El CLIENTE quedará sujeto a las siguientes Condiciones de Prestación del Servicio:
1. OBJETO: Ingenieros Consultores CR se obliga a prestar al CLIENTE un servicio de soporte técnico cuyas características y condiciones son las siguientes:
2. ALCANCE: El Servicio cubrirá exclusivamente los siguientes conceptos, en la computadora del CLIENTE:
3. EXCLUSIONES: No formará parte del servicio brindado a cambio del abono mencionado en el punto 6, todo aquello no incluido expresamente en el apartado anterior (2. Alcance), independientemente que sean prestaciones llevadas a cabo por Ingenieros Consultores CR.
4. PRESTACIÓN DEL SERVICIO:
- Mantenimiento preventivo: Se prestará manualmente o de manera automática, según la oportunidad, con la periodicidad establecida previamente, según los planes solicitados.
- Atención telefónica y atención remota de lunes a viernes de 8am a 6pm.
El cliente accederá al servicio:
a) Llamando a los números telefónicos 8782-8004 / 6041-7349,
b) Mediante la utilización correo electrónicos.
- Visitas domiciliarias, a opción del cliente, con un costo igual al 50 % del precio, pactadas para dentro de las 48 horas de solicitadas.
- Laboratorio: a opción del cliente, mantenimientos y reparaciones susceptibles de ser llevadas a cabo en el laboratorio de Ingenieros Consultores CR, con un costo igual al 50 % del precio.
5. VIGENCIA: El presente contrato entrará en vigencia en el momento del primer pago realizado según el plan elegido, por parte del cliente. Si se necesitara rescindir el contrato deberá realizarse con un mes de anticipación a la fecha misma.
6. RETRIBUCIÓN: El cliente se obliga al pago por la utilización del servicio, por mes adelantado, mediante la transferencia electrónica, a algún otro medio de pago que se fije expresamente. Ingenieros Consultores CR tiene el derecho de modificar la retribución, bastando para ello la comunicación cursada al cliente con 30 días de anticipación a la fecha.
7. FALTA DE PAGO: La falta de pago en término del abono mensual, facultará a Ingenieros Consultores CR a suspender el servicio hasta la fecha de pago efectivo. Si dicho pago no se efectivizara dentro de los siguientes 15 (quince días) Ingenieros Consultores CR podrá resolver el presente convenio. Si el cliente deseara restituir el servicio en este caso, deberá abonar nuevamente el cargo de habilitación.
8. DERECHOS Y OBLIGACIONES:
- 8.1. El CLIENTE tiene derecho a recibir la prestación del servicio contratado en las condiciones pactadas en el presente contrato.
- 8.2. El CLIENTE se obliga a prestar, por sí, o a través de familiares, colaboradores o representantes, las facilidades necesarias para que Ingenieros Consultores CR pueda prestar adecuadamente el servicio.
- 8.3. El CLIENTE se obliga a efectuar los pagos acordados según los precios vigentes, en los plazos convenidos.
- 8.4. El CLIENTE se obliga al mantenimiento de su conexión de banda ancha a Internet, imprescindible para la prestación del servicio.
9. MANTENIMIENTO DE SECRETO Y PROTECCION DE DATOS: La información de Ingenieros Consultores CR y del CLIENTE son confidenciales.
10. RESPONSABILIDAD:
10.1. El CLIENTE declara conocer que Ingenieros Consultores CR no asume responsabilidad alguna en los siguientes casos:
Pérdida de información almacenada en su computadora por:
- a) Fallas físicas del hardware.
- b) Fallas por daños causados por el CLIENTE y/o terceros.
- c) Ejecución de operaciones de mantenimiento que requieran del formateo del disco duro de la computadora.
- d) Conflictos de software o hardware.
- e) Daños causados por virus informáticos o daños que se generen por una falla preexistente a la ejecución de operaciones por parte de Ingenieros Consultores CR.
- f) Ejecución de operaciones de mantenimiento en las que Ingenieros Consultores CR haya actuado con la diligencia ordinaria requerida.
- Cuando se vulneren derechos de propiedad o propiedad intelectual, por la utilización de software proporcionado por el CLIENTE. En tales supuestos el CLIENTE asumirá de manera exclusiva e irrestricta, las consecuencias por tal utilización.
10.2. La responsabilidad de Ingenieros Consultores CR en cualquiera de los casos de incumplimiento que le sean imputables estará limitada a reclamos considerados adecuados y razonables o a los que determine una autoridad competente.
11. CESIÓN A TERCEROS: El CLIENTE no podrá ceder a terceros su posición contractual o cualquiera de los derechos u obligaciones derivados del presente contrato.